VENTA DE TIERRAS, VENTA DE EMPRESAS Y VENTA DE HUMO

VENTA DE TIERRAS, VENTA DE EMPRESAS Y VENTA DE HUMO

 

El gobierno anunció ARMA, un decreto por el que asignaría a las FFAA un porcentaje de la venta de tierras en uso militar y de empresas que privaticen a futuro (DNU-2026-314-APN-PTE).

El Decreto nada dice sobre lo que ya han vendido, como las del Comando de Ciberdefensa, las del Regimiento Patricios, Las Cañitas, Remonta y Veterinaria; o IMPSA.

La letra parece chocar con los hechos.

¿No hubiera sido mejor no suspender la Ley FONDEF desde que asumieron hasta este año, en que directamente derogaron la asignación de fondos?

Leamos su propia producción normativa.

En los párrafos 8 y 10 de los considerandos expresan:

“Que los cambios en materia de tecnología militar, en particular la irrupción de la inteligencia artificial y el uso de armas robotizadas, demandan de nuevas capacidades y medios para las Fuerzas Armadas.”

( . . . )

“Que, en particular, el ciberespacio se ha constituido en un ámbito estratégico de creciente relevancia para la Defensa Nacional, en el cual se desarrollan acciones que pueden afectar infraestructuras críticas, sistemas de comunicaciones, redes de comando y control y activos de valor estratégico, resultando imprescindible la incorporación y actualización de equipamiento, tecnologías y capacidades específicas que permitan prevenir, detectar, mitigar y responder eficazmente a ataques y operaciones que puedan comprometer la seguridad nacional.”

Sin embargo en la práctica tanta importancia no parecen darle. ¿Si no, por qué vendieron el Centro de Ciberdefensa que funcionaba en Puerto Madero?  Era una instalación nueva, diseñada por las FFAA, construida y equipada según sus necesidades y requerimientos e inaugurada en 2015. En plena operación, funcionaba además desde 2022 como cabecera de la red de fibra óptica interna, propia interna del sistema de defensa. Esas instalaciones  fueron vendidas sin contemplar la relocalización, o contemplando de tan mala manera que todavía no han podido concretar que funcione en otro lado.

Por otra parte, en el párrafo 17 de los considerandos dice:

“Que la estructura presupuestaria vigente ha generado que la mayor parte de los recursos sean absorbidos por gastos de personal y funcionamiento, limitando severamente la inversión, lo que deja un escaso margen para sostener la operación y al mismo tiempo reforzar y mejorar capacidades militares concretas de la Defensa Nacional.”

Pero en la Ley de Presupuesto 2026 el gobierno de Milei&Villarruel escribió:

Artículo 19.- Establécese que la totalidad de las asignaciones presupuestarias destinadas a financiar gastos de capital y adelantos a proveedores y contratistas de la jurisdicción, entidades y empresas que operan bajo la órbita del Ministerio de Defensa, integran el Fondo Nacional de la Defensa (FONDEF). Podrá destinarse hasta un cinco por ciento (5%) de dichas asignaciones para la adquisición de bienes de uso necesarios para el funcionamiento y soporte administrativo de la jurisdicción.

En los considerandos 30, 31, y 32 dicen:

Que la afectación de fondos reseñada no alterará el régimen presupuestario general, constituyendo una fuente adicional de financiamiento, sin afectar el equilibrio presupuestario vigente.

Que, por otra parte, corresponde recordar que por la Ley Nº 27.565 se creó el FONDO NACIONAL DE LA DEFENSA (FONDEF) como herramienta de financiamiento estructural y plurianual del reequipamiento de las Fuerzas Armadas.

Que los recursos afectados a la jurisdicción presupuestaria del MINISTERIO DE DEFENSA por el presente decreto no reemplazan ni afectan las previsiones del mencionado fondo, sino que constituyen una fuente adicional y complementaria de financiamiento, orientada a atender necesidades de corto plazo y a ampliar la capacidad de inversión en modernización y recuperación de capacidades operativas.

Hay que recordar, sin embargo, que en la Ley de Presupuesto 2026 habían actuado en contrario, derogando el compromiso presupuestario permanente para con el FONDEF.  

La ley de Presupuesto, dice:

Artículo 30.- Deróganse a partir del Ejercicio Fiscal 2026 las siguientes disposiciones legales: a) el artículo 9º de la ley 26.206, de Educación Nacional y sus modificatorias; b) los artículos 5º, 6º y 7º de la ley 27.614, de Financiamiento del Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación; c) el artículo 52 de la ley 26.058, de Educación Técnico Profesional; d) el inciso 1 del artículo 4º de la ley 27.565, del Fondo Nacional de la Defensa.

 

O sea que primero quitaron todo y ahora prometen un porcentaje menor y a cuenta de que se privaticen activos estatales y bienes de los argentinos.


PARECE MÁS CHARLATANERÍA DE FERIA Y OTRA ESTAFA AL BUEN SENTIDO



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